|
||||||||
|
El Diario Vasco, 8 de junio de 2003 La
previsión social en Euskadi EDUARDO GARCÍA/SECRETARIO
DE ACCIÓN SINDICAL DE CC OO DE EUSKADI El desarrollo de sistemas de Seguridad Social públicos y obligatorios, con prestaciones amplias y suficientes se ha convertido en una de las señas de identidad del denominado modelo social, vigente en la Unión Europea. En el caso de España, el Sistema de Seguridad Social ha alcanzado una gran dimensión en número de prestaciones y amplitud de las mismas. El sistema de pensiones contributivas es uno de los elementos más importantes al facilitar una renta de sustitución a millones de personas. El sistema de pensiones no debe ni puede ser considerado algo inamovible en la estructura y tamaño de sus prestaciones. Los objetivos protectores hacen del mismo un cuerpo dinámico en la mejora de las prestaciones y en la adaptación de las mismas a las necesidades de cada momento. Para CC OO el principio más progresista es el del mantenimiento del sistema público de pensiones como eje del Estado de Bienestar, lo que supone que hay que tomar medidas a corto plazo que, garantizando el incremento de las pensiones y la extensión de su cobertura, garanticen la viabilidad del actual sistema de Seguridad Social contributiva pública y de reparto. Porque el sistema público de reparto no sólo es totalmente compatible con la generación de riqueza sino que ha demostrado ser el más eficiente, el que menos incertidumbre genera y el más solidario entre generaciones, territorios y ramas de actividad. Para CC OO el futuro del sistema debe sustentarse en unas variables que son un gran antídoto contra los problemas de la Seguridad Social y que no son otras que el crecimiento económico, el empleo estable, el comportamiento de la productividad y el incremento de la tasa de actividad. Dicho de otra manera, la quiebra financiera de nuestro sistema de pensiones sólo es posible si el PIB no crece lo suficiente para pagar los gastos derivados del envejecimiento. Y de llegar a producirse estaremos de acuerdo en que los sistemas privados de capitalización tendrán menos posibilidades de supervivencia. Hoy en la CAPV se ha generado un debate en torno a la propuesta de la Consejería de Justicia, Trabajo y Seguridad Social dirigida por Joseba Azkarraga (EA). Un documento que comenzó titulándose la Previsión Social en Euskadi y que, en su última versión, como no podía ser de otra forma, se ha denominado la Previsión Social Complementaria en Euskadi. La previsión social es uno de los principales logros de las sociedades europeas más avanzadas que cuentan con diferentes mecanismos para contribuir a que la tasa de sustitución de las rentas que, como pasivos, percibirán los trabajadores, se acerquen o igualen a las rentas que percibían como activos. En nuestra opinión el debate está situado fuera del contexto y se viene discutiendo más de las intenciones de crear un modelo propio de previsión que sobre lo que realmente dicen los documentos objeto de análisis y reflexión. Es cierto que determinadas declaraciones públicas del Consejero no han contribuido precisamente al debate riguroso y sosegado que requiere la propuesta. Así, ponen en duda la evolución futura de la Seguridad Social (DV 15-12-2002); la desafortunada referencia a una posible obligatoriedad en la implantación de la Previsión Social Complementaria o hablar de modelo propio de Previsión Social para Euskadi, es crear confusión en torno al papel que competencialmente corresponde al Gobierno Vasco en esta materia. En CC OO compartimos el diseño constitucional que se regula en el artículo 41 de la Carta Magna que establece la obligatoriedad a los poderes públicos de garantizar un sistema público de Seguridad Social, así como los sistemas privados complementarios que serían libres y voluntarios. Dentro de éstos, desde el punto de vista sindical, sólo tienen interés los sistemas de empleo que surgen de la negociación colectiva. Dejando claro nuestra defensa del sistema Público de Pensiones, debemos añadir que los sistemas obligatorios y de reparto pueden coexistir con los privados complementarios, que tienen características y funciones bien diferentes, dejando claro que la desaparición del sistema público dejaría un hueco imposible de cubrir por ningún sistema complementario y abocaría a importantes sectores de la población a la exclusión social. El Estatuto de Autonomía en su artículo 10.23 atribuye a la CAPV la competencia exclusiva en materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social (EPSV,s) excepción hecha de la ordenación y control del seguro que es competencia estatal. En materia de Seguridad Social el artículo 18.2 en correspondencia con la disposición transitoria 5ª le confiere la competencia del desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma, y la gestión del régimen económico de la Seguridad Social dentro del carácter unitario y del respeto al principio de solidaridad. Desde CC OO ya hemos dejado claro al consejero en sendos documentos que, dentro del marco competencial que establece el Estatuto, estamos dispuestos a seguir discutiendo sobre el modelo diseñado al que hemos hecho propuestas concretas para mejorarlo y entre otras: apuesta por un sistema de empleo derivado de la negociación colectiva, cobertura máxima del 20% del último salario, aportación máxima de la base de cotización del 6% (3% los empresarios y 3% los trabajadores), transparencia y participación en la gestión, eficacia y rentabilidad, inversiones socialmente responsables o utilización de bases técnicas y jurídicas sólidas para garantizar seguridad y confianza en los asociados. Y para que todo ello sea posible, es necesario un amplio consenso entre agentes económicos y sociales.
|